Condiciones de Emisión y Monto de los Títulos Públicos Nacionales


BONOS DE CONSOLIDACION EN MONEDA NACIONAL 1º SERIE (PRO1.)
 
ESTA BOLSA DE COMERCIO DE BS.AS. HA RESUELTO AUTORIZAR A PARTIR DEL DIA
DE LA FECHA LA REFERIDA COTIZACION DE LOS MENCIONADOS TITULOS P0R VALOR
NOMINAL V$N. 831.330.937.-,VISTO QUE EL B.C.R.A. EN SU NOTA Nº 090/672 DEL
16.11.92, HA INFORMADO QUE EL REGISTRO DE DICHOS BONOS EN LA CAJA DE VALORES
S.A. ALCANZA A ESE IMPORTE EL CUAL FUE CONFIRMADO POR LA CITADA CAJA.

CARACTERISTICAS PRINCIPALES:
FECHA DE EMISION: 01.04.91

PLAZO: SE EMITIERON A 16 AÑOS

AMORTIZACION: SE EFECTUARA EN 120 CTAS. MENSUALES Y SUCESIVAS EQUIVALENTES
LAS 119 PRIMERAS AL 0,84% Y LA ULTIMA AL 0,04% DEL MONTO EMITIDO MAS LOS
INTERESES CAPITALIZADOS DURANTE LOS PRIMEROS 72 MESES. LA PRIMERA AMORTIZA-
CION SE EFECTUARA EL 01.05.97.

INTERESES: DEVENGARAN LA TASA DE INTERES QUE PUBLICA EL BANCO CENTRAL DE
LA REP.ARG. EN LOS TERMINOS DE LA COMUNICACION A 1828, PUNTO 1, QUE REFLE-
JA DIARIAMENTE LA CAPITALIZACION DE LA TASA DIARIA EQUIVALENTE A LA TASA

DE INTERES EFECTIVA MENSUAL PROMEDIO PONDERADO DE LOS DEPOSITOS EN CAJA
DE AHORROS COMUN. PARA SU DETERMINACION SE TOMARA LA VARIACION EXPERIMENTADA
ENTRE LOS QUINTOS DIAS ANTERIORES AL COMIENZO DE C/PERIODO DE RENTA. PARA EL
MES DE OCTUBRE PPDO. SE FIJO LA TASA EN 0,5966% MENSUAL. LOS INTERESES SE
CAPITALIZARAN MENSUALMENTE DURANTE LOS PRIMEROS SETENTA Y DOS MESES.LOS IN-
TERESES SE PAGARAN CONJUNTAMENTE CON LAS CUOTAS DE AMORTIZACION.
NEGOCIACION: SERAN ESCRITURALES, LIBREMENTE TRANSMISIBLES Y COTIZABLES EN
LAS BOLSAS Y MERCADOS DEL PAIS.

RESCATE ANTICIPADO: LA SECRETARIA DE HACIENDA PODRA DISPONER EL RESCATE
ANTICIPADO DE LA TOTALIDAD O PARTE DE LOS BONOS EMITIDOS, A SUS VALORES
NOMINALES MAS LOS INTERESES CORRIDOS.

SERVICIOS FINANCIEROS: ESTARAN A CARGO DEL BCO.CENTRAL DE LA REP.ARG.
EL QUE, A TAL EFECTO, PODRA PROCEDER A TRAVES DE LOS BANCOS ESTABLECIDOS
EN EL PAIS DE LA CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO Y DE LA CAJA DE VALORES
S.A.

BONO DE MENOR VALOR: CONFORME SURGE DE LA COMUNICACION "A" 1951 DEL BANCO
CENTRAL DE LA REP. ARG. DEL 06.05.92, EL BONO DE MENOR DENOMINACION SERA
DE V$N 1.
ASIMISMO, EN LA MENCIONADA COMUNICACION SE INDICA QUE TODA FRACCION DE DEUDA
SUPERIOR A $0,50 SE PAGARA MEDIANTE LA ENTREGA DE UN BONO DE MENOR DENOMINA-
CION, ELIMINANDOSE LAS FRACCIONES IGUALES O INFERIORES A DICHO IMPORTE.

EXENCIONES TRIBUTARIAS: SEGUN LO ESTABLECIDO EN EL ART. 24 DE LA LEY 23982
LOS BONOS DE LA PRESENTE EMISION TENDRAN EL TRATAMIENTO IMPOSITIVO PREVISTO
EN EL ART. 36 BIS DE LA LEY 23962, MODIFICATORIA DEL REGIMEN DE OBLIG.NEG.,
CREADO POR LA LEY 23.576.
ASIMISMO, PARA SUS SUSCRIPTORES ORIGINALES, LOS BONOS NO SE CONSIDERARAN
ACTIVOS A LOS EFECTOS DE LA LIQUIDACION DEL IMPUESTO SOBRE LOS ACTIVOS,
NO RIGIENDO LO PREVISTO EN EL ULTIMO PARRAFO DEL ART. 3 DE LA LEY 23760.
LOS BONOS ESTAN EXENTOS DEL IMPUESTO ESTABLECIDO POR EL TITULO VI DE LEY
23966 SOBRE LOS BIENES PERSONALES NO INCORPORADOS AL PROCESO ECONOMICO.
ADEMAS, DEBE CONSIDERARSE LO ESTABLECIDO POR EL DECRETO NRO.1076 DEL PODER
EJECUTIVO NACIONAL DE FECHA 30.06.92.


20 DE NOVIEMBRE DE 1992.


LA SECRETARIA DE HACIENDA DICTA LA RESOLUCION 404/97 QUE SE TRANSCRIBE A
CONTINUACION:

POR ELLO:

EL SECRETARIO
DE HACIENDA RESUELVE:

ARTICULO 1.- PARA EL CALCULO DE LOS INTERESES QUE DEVENGAN LOS BONOS DE
CONSOLIDACION EN MONEDA NACIONAL Y LOS BONOS DE CONSOLIDACION DE DEUDAS
PREVISIONALES EN MONEDA NACIONAL: SERIES PRIMERA Y SEGUNDA, SE SEGUIRA LA
FORMA ESTABLECIDA POR LAS COMUNICACIONES DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA
ARGENTINA NUMEROS "A" 1938, APARTADOS 1.4 Y 4.4 Y "A" 2086 APARTADO 1.4
EXCEPTO EN LO QUE RESPECTA A LA DETERMINACION DE LA TASA, PARA LA CUAL SE
TOMARA EN CUENTA LA VARIACION EXPERIMENTADA ENTRE EL DIA CINCO (5) INCLUSIVE
DE CADA PERIODO DE RENTA Y EL MISMO DIA DEL MES ANTERIOR.

ART. 2.- LA MEDIDA DISPUESTA POR EL ARTICULO ANTERIOR REGIRA PARA LOS CUPONES
CUYOS VENCIMIENTOS OPEREN A PARTIR DE LOS TREINTA (30 DIAS) DE LA PUBLICACION
DE LA PRESENTE EN EL BOLETIN OFICIAL.


AVISO
COTIZACION AUTORIZADA
"BONOS DE CONSOLIDACION EN MONEDA NACIONAL - 1RA SERIE" (PRO1)

(AMPLIACION DEL MONTO ADMITIDO A COTIZAR)
EMISOR: ESTADO NACIONAL

ESTA BOLSA DE COMERCIO HA RESUELTO AUTORIZAR, A PARTIR DEL DIA DE LA FECHA, LA
AMPLIACION DEL MONTO ADMITIDO A COTIZAR DE LOS TITULOS DENOMINADOS "BONOS DE
CONSOLIDACION EN MONEDA NACIONAL - 1RA. SERIE" (PRO1) POR V$N. 61.240.144.-
EN CONSECUENCIA, EL IMPORTE ADMITIDO A COTIZAR DE ESTOS TITULOS ASCENDERA A
V$N 4.010.577.148.- (V/RESIDUAL $ 3.303.111.339,0928).

BUENOS AIRES, 25 DE ENERO DE 1999.-

 

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